Lacompensación económica por razón de trabajo también cabe en las parejas de hecho (artículo 234 - 9 del Codi Civil de Catalunya). Se otorga al miembro de la pareja que haya trabajado para la casa sustancialmente más que el otro, y siempre que en el momento en el que cese la convivencia ese otro haya obtenido un incremento patrimonial
Deconformidad con la Sentencia de Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de 31 de enero de 2011, se define la pensión compensatoria como
Lasotras dos sentencias citadas son las del TSJ de Cataluña de 27 octubre de 2015 y del TSJ de Asturias, de 7 de junio de 2017, en las que a efectos de la pensión de viudedad tratándose de parejas de hecho entienden que no era requisito que se mantuviera la convivencia en aquellos casos en los que la convivencia estable y notoria se había Diversosaspectos merecen la pena ser destacados en relación a la regulación de la Prestación Compensatoria en el Codi Civil de Catalunya (en adelante CCCat): a) Se recoge entre los artículos 233 – 14 y 233 – 19 del CCCat. b) Se pasa a denominar “prestación” en lugar de “pensión” al generalizarse la posibilidad de pago en forma de laconvivencia more uxorio no daba derecho al cobro de una pensión compensatoria en caso de ruptura de la pareja, teniendo que aplicar en aquel supuesto la analogía iuris en referencia al enriquecimiento injusto. En el presente caso, para no volver a generar la muy temida inseguridad jurídica, ¿no podría el Tribunal haber aplicado la 2. Ventajas Reconocimiento legal: Una de las principales ventajas de disolver una pareja de hecho en Cataluña es que, al tener este tipo de unión registrada, se le otorga un reconocimiento legal, lo que implica poder acceder a ciertos beneficios y derechos, como una posible pensión alimentaria o el reparto equitativo de bienes adquiridos durante la . 17 394 293 2 188 242 172 296 314

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